En el año 2007, la RIAA(Agrupacion de las disqueras norteamericanas) inicio una politica de amedrantamiento a los usuarios de programas P2P iniciando procesos judiciales en contra de los "infractores". Casi todos los acusados llegaron a un acuerdo monetario con la RIAA para evitar largos y costosos procesos. Dije casi porque una usuaria de Kazaa, Jammie Thomas, dio pelea y no quiso ningun acuerdo porque segun ella no violaba ninguna ley. En una resolucion definitiva el juez, Michael J. Davis, y dando pie atras a una anterior resolucion contra la usuaria, declaro a Thomas inocente y ademas debe ser compensada por la RIAA en mas de US 200.000. El punto mas importante es que el juez determino inadmisible la teoria de la RIAA que "making a file available equals infringement", y diferenciando muy claramente que "Publication" no es lo mismo que "Distribution". En el caso personal y de todos los que "publicamos" temas con derecho de autor" en los blogs como son imagenes o musica no estamos distribuyendo, lo que hacemos es publicar y eso, segun esta ultima resolucion judicial no es ilegal....Anótese, tómese razón, comuníquese y publiquese
ADVERTENCIA
ESTE BLOG PUEDE CAUSAR ADICCION , EL RECORRIDO POR EL ES BAJO SU PROPIO RIESGO, ALIMENTESE BIEN Y CONSUMA FRUTAS Y VERDURAS, PERMISO DE GOBERNACION.........NO NOS LO QUISIERON DAR
Para silenciar el audio de click sobre la pausa del reproductor
;
AVISO A LOS VISITANTES AL BLOG
La música está protegida por los derechos de autor: Su reproducción sin licencia puede no estar permitida. Sin embargo, en caso de poseer los CD´S o Viniles originales, es lícito descargarse una copia de seguridad. Si usted no posee el material de fábrica, solo está facultado para hacer una descarga de prueba. Después de pasadas 24 horas, deberá borrar la copia y -si lo desea-, adquirir los originales. Cada enlace ubicado en este Blog, pertenece a la colección personal de su administrador, o ha sido copiado de lugares públicos en Internet.
6 de febrero de 2010
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario